Licencias
NORMATIVAS QUE REGULAN EL USO DE LICENCIAS :
LICENCIA POR MATERNIDAD Y NACIMIENTO DE HIJO:
La Ley Nº 9140 modifica el art. 27º inc. 4) de la Ley Nº 5473 (Estatuto del Empleado Público). Modifica los plazos de la licencia por maternidad.
El Decreto Nº 3147/1 del 11/10/2013 reglamenta la Licencia por Maternidad, Organismo que autoriza el uso de la licencia, la Jornada de una hora menos para Atención del lactante, Licencias: por Pérdida del Embarazo, Fallecimiento del Hijo, por Adopción y por Nacimiento de hijo para el cónyuge o conviviente.
LICENCIA POR ENFERMEDAD:
Reglamentada en el Decreto N° 646/1-83 art. 35° modifica el Decreto N° 380/1 del 02/03/09 y Decreto N° 1139/3 del 16/04/18 (forma del pago del presentismo en caso de ausencia por uso de esta licencia).
LICENCIAS POR EXAMEN, ATENCIÓN DE FAMILIAR ENFERMO, DUELO FAMILIAR, ACTIVIDADES DEPORTIVAS, POR DESEMPEÑO DE CARGOS PÚBLICOS:
El Decreto Nº 3147/1 del 11/10/2013 y sus modificatorio Nº 3159/1 del 15/10/13 establece las condiciones y las autoridades que justifican las mismas.
LICENCIAS ESPECIALES
La Ley Nº 9056 modifica la Ley Nº 5473 incorporando el artículo 27º los siguientes incisos: 9) Licencia por "Día Femenino"; 10) Licencia Especial por Prevención y Cuidado de la Salud Femenina, 11) por Violencia de Género.
En cuanto a la Licencia por "Día femenino" por dictamen fiscal se dispone que corresponde "justificar la inasistencia de la agente, con goce de haberes y sin incidir en la percepción del presentismo previsto en el Decreto 1020/3-91 y sus modificatorios".
Reglamentada por el Decreto Nº 646/1-83 art. 34º y sus modificatorios: Decreto Nº 3313/1 del 22/10/15 (Postergación de la V.A.O.) Decreto Nº 1231/1 del 20/04/16 (V.A.O Funcionarios Superiores).
Se pueden consultar las VAO que el agente tiene disponible en el siguiente link: MI LEGAJO